jueves, 29 de diciembre de 2016

Sentencia del Tribunal de la Unión Europea: Los bancos tendrán que devolver a los clientes el total de lo que cobraron de más por las cláusulas suelo.

El Tribunal de la Unión Europea dictó sentencia el pasado día 21 de diciembre de 2016: Los bancos tendrán que devolver a los clientes el total de lo que percibieron gracias a las cláusulas suelo. 

¿Qué es la cláusula suelo? Es el tope que tienen algunas hipotecas gracias al que, a pesar de la caída de los tipos de interés en el mercado, los particulares debían seguir pagando 'de más'.

En mayo de 2013 el Tribunal Supremo español se pronunció en contra de las cláusulas suelo, al considerar entre otras cosas que eran "resultaban gramaticalmente inteligibles para los consumidores", pero al mismo tiempo limitó en el tiempo las compensaciones a los afectados. El tribunal supremo lo que indicó fue que las cantidades a devolver serían desde la fecha de la reclamación al banco, no todo lo abonado irregularmente desde el inicio de la hipoteca.

El Tribunal Supremo Español, para explicar esta decisión, indicaba que las consecuencias macroeconómicas para el sistema financiero Español, serían devastadoras en el caso de que los bancos tuvieran que devolver todas las cantidades cobradas a causa de las cláusulas suelo. El alto tribunal de Luxemburgo, sin embargo, sentenció el pasado 21 de diciembre que las entidades deben devolver todo el dinero pues "la jurisprudencia española que limita en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo contenidas en los contratos de préstamo hipotecario en España es incompatible con el Derecho de la Unión"

Según los magistrados del Tribunal Europeo, la limitación que indicaron en su sentencia resulta una protección de los consumidores incompleta e insuficiente y que no es eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas, en contra de lo que exige la Directiva.

El pasado 13 de julio, el abogado del Tribunal de la Unión Europea que tenía asignado este caso, el italiano Paolo Mengozzi, se había pronunciado en contra de que los bancos españoles devolvieran todo el dinero. 

Finalmente, y tras la lucha de muchas personas, ha llegado el día en el que los Tribunales (al menos el Europeo) ha dado la razón a los consumidores y afectados por las cláusulas suelo.


Fuente: www.elmundo.es




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miércoles, 28 de diciembre de 2016

Hacienda tiene hasta el 31 de diciembre para hacerte la devolución de tu renta. ¿Todavía no te ha devuelto?

A estas alturas del año que estamos, lo normal es que la Agencia Tributaría haya realizado prácticamente  todas todas las devoluciones de las declaraciones de la Renta de los contribuyentes españoles. Aunque no hay datos oficiales, en las mismas fechas de 2015 ya se habían cerrado el 96% de los pagos correspondiente al 93% de los contribuyentes. Según indica Hacienda, a estas alturas las cifras son similares a las del año pasado. Pero..... puede ser que tú seas uno de los desafortunados que no hayan recibido su devolución todavía y tengas dudas que qué ocurre o si puedes reclamar.

¿Cuándo acaba el plazo?

La Agencia Tributaria tiene hasta el 31 de diciembre para realizar la devolución así que... ¡todavía está en plazo! La situación cambia si el ingreso no se ha producido a partir del 1 de enero. Desde ese momento el contribuyente tendrá derecho a que se le aplique intereses de demora (fijados en un 3,75% en 2016) sin necesidad de reclamarlo expresamente. 

¿A qué se debe el retraso?

La Agencia Tributaria realiza tareas de comprobación de algunos datos fiscales y ese puede ser el motivo de la tardanza. En cualquier caso, para saber la situación de la declaración lo mejor es visitar la web de la Agencia y acceder a 'Renta 2015'. A continuación mira la opción 'consulta devolución' donde indicará si se encuentra “tramitada”, “en comprobación”, etc. Sin embargo, existe la posibilidad de conocer más detalles sobre la causa del retraso mediante la herramienta 'Verifica' que sirve para autocorregir la devolución en caso de que exista algún error y agilizar así el proceso. Para utilizar esta opción es necesario estar dado de alta en el sistema Cl@ve Pin o tener un certificado electrónico.

¿Hacienda avisa del retraso?

Cuando la Agencia Tributaria detecta algún error o considera que falta información informa mediante un requerimiento por correo al contribuyente. De hecho, lo normal es que la mayoría de personas que a 1 de enero de 2017 todavía no hayan recibido la devolución hayan sido informados del motivo del retraso. En cualquier caso, hay que tener en cuenta un detalle importante. Hacienda puede discrepar de algunas deducciones y reducir la devolución e incluso considerar que el contribuyente no tiene derecho a ella. En este caso, quedará la opción de recurrir la liquidación realizada por la Agencia Tributaria.

Fuente: www.hoy.es/


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martes, 20 de diciembre de 2016

SORTEO DE DÉCIMO DE LOTERIA

Hoy ha sido el sorteo del décimo de lotería que desde nuestra oficina sorteábamos a través de la aplicación de Facebook.

Este año 2016, Fincas Ebro celebra su décimo aniversario y para celebrarlo hemos sorteado un décimo de lotería del número 40406, ya que la apertura de Fincas Ebro fue el día 4 de abril de 2006.

Celebrado el sorteo, retransmitido en directo por facebook, la agraciada ha sido Mariana Ivan, y podrá pasar por nuestras oficinas para retirar el décimo. ¡ENHORABUENA!

Y ahora.... que el próximo día 22 de diciembre, toque el número 40406 en el sorteo de Navidad de la Lotería Nacional del Estado.

¡SUERTE A TODOS!


Tlf: 976 616 325 y 976 612 279